El Ministerio de Sanidad se pone en pie de guerra para evitar la obesidad infantil. Para conseguirlo se ha remitido el nuevo proyecto de ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición en el que aparecen medidas como la prohibición de regalos vinculados a los alimentos.
El proyecto reza exactamente: “se prohíbe la entrega de premios, obsequios, bonificaciones o similares como métodos vinculados a la promoción o venta de alimentos”. Dicho precepto ha desatado el malestar de las cadenas de comida rápida, al afectar a productos en los que se adjuntan regalos para los más pequeños como el Happy Meal, de McDonald’s, o el menú DiverKing, de Burger King.
Otro de los aspectos de la ley es la prohibición de “la venta de alimentos con alto contenido en ácidos grasos saturados, sal y azúcares sencillos mediante máquinas expendedoras o en cantinas, bares o locales similares situados en el interior de los centros escolares”.
Además, los centros deberán ofrecer una “carta” a los padres en la que se disponga “de forma legible el menú, así como las calorías y nutrientes principales de las comidas y bebidas, incluyendo aquellos ingredientes que puedan provocar alergias alimentarias”. Por ello, se obliga a las autoridades pertinentes a ofrecer un menú equilibrado y sano.
Publicidad sin famosos
La publicidad no se queda exenta de vetos: en medios electrónicos no se podrán introducir anuncios alimenticios “dirigidos a menores”, por lo que las redes sociales se quedan sin un buen trozo del pastel de ganancias por publicidad que obtienen.
Y queda prohibida también “la aportación de testimonios de profesionales, sanitarios, de personas famosas o conocidas por el público o de pacientes reales o supuestos, como medio de inducción al consumo”. Por lo que José Coronado ya no podrá anunciar las bendiciones de los yogures, Belén Rueda no podrá disfrutar de la leche o Susanna Griso no podrá ponerse las pilas con Actimel.
Discriminación por sobrepeso
Por otro lado, el proyecto de ley dedica un apartado a la no discriminación por sobrepeso. “En cualquier caso se considera discriminatoria toda orden de discriminar, directa o indirectamente, por razón de sobrepeso u obesidad”, reza la normativa, por lo que estos quedarían protegido en el caso de que, por ejemplo, las compañías aéreas pretendan cobrarles más por pesar más.
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